PUERTO PLATA.- El Tribunal Colegiado de esta demarcación condenó a 15 y 5 años de prisión a los imputados Melvin David Quiroz (El pastor) y Ana Rosmery Brito, respectivamente, quienes fueron acusados por el Ministerio Público como autor y cómplice del delito de violación sexual en perjuicio de varias mujeres en esta provincia.
La acusación sustentada por la Fiscalía de Puerto Plata indica que los hechos se produjeron entre el 2016 y el 2017 en una casa del imputado, la cual utilizaba como “iglesia evangélica”.
Indica que Melvin David Quiroz, fingiendo ser pastor, entre otras cosas, le manifestaba a sus víctimas al momento del abuso sexual “que Dios le había dado poder a través de su semen para sacarles los demonios y que toda mujer que le recibiere mediante acto sexual quedaría libre de pecados”.
La información fue suministrada a través de una nota de prensa, la cual indica que una de las víctimas expresó en audiencia que el condenado y su cómplice les dijeron que tenía un espíritu de enamoramiento y lesbianismo y que para despojarla de eso ella debía sostener relaciones sexuales con “El pastor”, según un mandato de Dios.
El procurador fiscal titular, Osvaldo Bonilla, manifestó estar complacido con la decisión, tras señalar “que es un caso donde los investigadores del Ministerio Público se empeñaron en recoger todas las evidencias que vincularan a los imputados con los hechos, en razón de la particularidades del proceso, lo cual, dijo, envía el mensaje de que quiénes ejercen posiciones de influencia sobre los demás deben ser ejemplo de buen comportamiento”.
Los fiscales José Armando Tejada y José Vargas demostraron más allá de toda duda razonable la culpabilidad de los imputados ante los jueces que integraron el tribunal, que preside el juez José Juan Jiménez.
Los imputados, quienes deberán cumplir las penas establecidas en los centros de corrección y rehabilitación San Felipe, de Puerto Plata, y Rafey Mujeres, en Santiago, fueron acusados por el Ministerio Público de violar las disposiciones establecidas en los artículos 59, 60 y 331 del Código Penal Dominicano.
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